|Vicario sostiene que sus normas no obligan a denunciar a sacerdotes
La Iglesia católica "nunca va a meter a nadie a la cárcel" a pesar de las denuncias que se presenten en contra de los sacerdotes que han cometido hostigamiento y abuso sexual o estupro y violación, aseguró Alberto Pacheco Escobedo, vicario judicial del Tribunal Eclesiástico de la Arquidiócesis de México.
El responsable del Tribunal de la Iglesia católica afirmó que las investigaciones, procedimientos y sanciones que se realizan en el interior no obligan a los obispos y jerarcas a denunciar a los sacerdotes que hayan cometido ese tipo de delitos ante las instancias judiciales.
"Son dos cosas totalmente distintas, la misma ley mexicana lo dice con toda claridad: la separación de la Iglesia y el Estado es principio histórico. Ni el Estado ejerce en la justicia eclesiástica ni la Iglesia debe meterse en la justicia civil".
El cura dijo que bajo este principio "no es que se esté ocultando" ningún caso de pederastia.
"Lo que pasa es que el delito canónico sucede cuando se violan leyes canónicas y se le persigue por la violación de la ley de la Iglesia", afirmó.
En entrevista concedida al semanario Desde la Fe, afirmó que la jerarquía de la Iglesia católica "no estorba" en las investigaciones que se realizan en contra de los sacerdotes acusados por abuso sexual en nuestro país.
Refirió que ante los delitos reportados ante autoridades civiles y eclesiásticas, lo que corresponde es una pesquisa para verificar si son verosímiles, "cuando las pruebas aducidas son bastante claras" y, en ese caso, el Tribunal Judicial y Canónico lo debe sancionar.
Nadie va a prisión
"La Iglesia católica nunca va a meter a nadie a la cárcel como un tribunal civil. No puede prohibir a un sacerdote que imparta los sacramentos".
El vicario judicial explicó que dentro de la Iglesia católica la pena máxima impartida para quienes incurrieron en delitos de carácter sexual es la expulsión de la organización y nunca el encarcelamiento ni la reparación económica del daño para los afectados.
Entre "las penas agravadas" que se pueden imponer, agrega, está el cambiar de zona al sacerdote, retirarle las licencias ministeriales como confesar y predicar, pedirle que se retire a la vida privada y, en caso extremo, la expulsión.
Indicó que para llegar al nivel de sanción máxima tiene que intervenir una autoridad superior en la Iglesia y no sólo un obispo. Pacheco Escobedo dijo que cuando un obispo conoce y verifica un caso de abuso por parte de un sacerdote, "se puede prohibir al cura que tenga domicilio en una diócesis por el escándalo que ha provocado; se le puede prohibir que habite en un territorio. Por ejemplo, siendo religioso, se puede solicitar a sus superiores que lo expulsen, depende de cada caso".
Al detallar cómo procede la Iglesia ante una denuncia en contra de un sacerdote, Alberto Pacheco señala que es esencial que el denunciante se presente tanto ante las autoridades eclesiásticas como ante las civiles. Que quien lo haga no lo realice de forma anónima y sea verídico, "puesto que nos hemos encontrado con una mera animadversión personal en contra de algún sacerdote".
Informó que desde el año 1922, con la instrucción Crimen Sollicitationes se condenan y castigan entre otros delitos, este tipo de abusos, en especial el sexual a menores de edad.
El Universal 24 de mayo de 2010
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